En primer sitio muchas gracias por descubrir nuestro blog. He pasado su consulta al sección correspondiente y me comentan que pueden ingresar a la información fundamentalmente en el Título II del Estatuto de los trabajadores y más concretamente en el artículo 64. . Todavía pueden ver En primer lugar https://directory-nation.com/listings12781546/detalles-ficci%C3%B3n-y-especializacion-en-salud-y-seguridad-en-el-trabajo